¿Okupas? ¿Qué hacer ahora?

¿Qué hago si entran okupas en mi vivienda? ¿Dónde debo acudir? Seguramente son preguntas que te habrás realizado alguna vez, lo más lógico sería acudir a la Comisaría de Policía o al Juzgado de Guardia, ya que se trata de un delito de usurpación. Pero el sistema penal es lento, es por eso que la abogada Carmen Giménez, titular del despacho G&G Abogados, recomienda interponer una demanda por lo civil, ya que es un proceso más rápido y efectivo.

Según la abogada, en un artículo de la revista del Colegio de Administradores de Fincas, no aconseja acudir por lo penal por las siguientes razones:

  • Conlleva mucho tiempo, ya que intervienen varios juzgados, empezando por el de Instrucción, que es el que investiga el caso, y luego el penal, el cual es que lo juzga.
  • El delito de usurpación ha sido muy discuto por el principio de intervención mínima del derecho penal, es por eso que existe la vía civil que es mucho más efectiva.
  • En el caso de lo penal, la demanda tiene que ir dirigida a una persona (nombre y apellidos) por lo tanto, hace que el procedimiento se alargue por el hecho de descubrir la identidad de cada ocupante. Sin embargo, por lo civil no es necesario dirigirse a una persona concreta, haciendo el proceso más rápido.

Mediante la vía de lo civil y planteando una demanda de desahucio por precario, el procedimiento se realizará a través de un juicio verbal, reduciendo así el plazo de desalojo. Inicialmente este tipo de demanda se utilizaba en situaciones de tolerancia o consentimiento por parte del propietario, es decir cuando el propietario cedía su vivienda voluntariamente, sin renta, hasta que el dueño lo considerase y pusiera fin al acuerdo, y el “inquilino” no quisiera abandonar el inmueble.

Pero el concepto de precario ha ido evolucionando gracias a las sentencias del Tribunal Supremo, que ha aumentado el concepto de precario no sólo a lo anterior descrito, sino a la ocupación de un inmueble ajeno sin título que demuestre o justifique el goce de esa posesión.

Por lo tanto acudir por la vía civil es una buena opción.

Fuente: Idealista